| 08 Febrero 2010
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Certificado de nacimiento.
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Inscribirlo personalmente o por teléfono en la secretaría en los horarios de oficina, ahí se le informará de las fechas posibles.
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Participación de los padres y padrinos en dos charlas prebautismales (los dos padres o al menos uno de ellos. Los padrinos sólo debe acudir a una charla, la última). En la oficina también se le informará de las fechas y horarios.
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Padrinos: al menos un padrino (padrino o madrina). Lo ideal es que siempre haya por lo menos un padrino o una madrina, pero en determinados casos de dificultad, es posible realizar el bautismo incluso sin padrinos.
LOS PADRINOS TAMBIÉN REQUIEREN:
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Ser mayores de edad. En algunos casos se puede admitir menores de edad. Eso lo determinará el sacerdote.
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Los candidatos deben, como mínimo, estar al día en TODOS sus sacramentos, o sea, haber recibido el Bautismo, haber hecho la Primera Comunión y haber recibido la Confirmación. Si no, no pueden aspirar a ser padrinos.
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Si tienen familia propia (marido, mujer e hijos) deben estar casados por la Iglesia y viviendo con la pareja con la que legítimamente se casó, NO conviviendo con otra distinta. NO basta el matrimonio civil.
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Los SEPARADOS que se casaron por la Iglesia, pueden ser padrinos o madrinas, siempre que no estén conviviendo con otra pareja y tengan claro que así deben permanecer, porque juraron ante el altar hasta que la muerte los separe.
LOS PADRES
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Si los padres no están casados, deberían casarse.
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Pero aunque no estén casados, a las guaguas se las bautiza, dada la necesidad urgente del Bautismo y porque no tienen la culpa del error de sus padres.



