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Requisitos para el Bautismo

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  1. Certificado de nacimiento.
  2. Inscribirlo personalmente o por teléfono en la secretaría en los horarios de oficina, ahí se le informará de las fechas posibles.
  3. Participación de los padres y padrinos en dos charlas prebautismales (los dos padres o al menos uno de ellos. Los padrinos sólo debe acudir a una charla, la última). En la oficina también se le informará de las fechas y horarios.
  4. Padrinos: al menos un padrino (padrino o madrina). Lo ideal es que siempre haya por lo menos un padrino o una madrina, pero en determinados casos de dificultad, es posible realizar el bautismo incluso sin padrinos.
 
LOS PADRINOS TAMBIÉN REQUIEREN:
 
  1. Ser mayores de edad. En algunos casos se puede admitir menores de edad. Eso lo determinará el sacerdote.
  2. Los candidatos deben, como mínimo, estar al día en TODOS sus sacramentos, o sea, haber recibido el Bautismo, haber hecho la Primera Comunión y haber recibido la Confirmación. Si no, no pueden aspirar a ser padrinos.
  3. Si tienen familia propia (marido, mujer e hijos) deben estar casados por la Iglesia y viviendo con la pareja con la que legítimamente se casó, NO conviviendo con otra distinta. NO basta el matrimonio civil.
  4. Los SEPARADOS que se casaron por la Iglesia, pueden ser padrinos o madrinas, siempre que no estén conviviendo con otra pareja y tengan claro que así deben permanecer, porque juraron ante el altar hasta que la muerte los separe.
 
LOS PADRES
 
  1. Si los padres no están casados, deberían casarse.
  2. Pero aunque no estén casados, a las guaguas se las bautiza, dada la necesidad urgente del Bautismo y porque no tienen la culpa del error de sus padres.